El ingreso a la adolescencia conlleva mayores gastos, pues el incremento de la vida social del joven, entre otras razones, justifica el aumento de la cuota alimentaria.


Esos mayores gastos comprenden “una serie de rubros como ser vestimenta, recreación en general –vacaciones, cumpleaños, salidas con amigos, etc.-, es decir, todo aquello que haga a la vida de relación de los jóvenes permitiéndole un desarrollo acorde con su edad y medio social en el que se desenvuelve“.

CNCiv., Sala “D” – Autos: “D., I. M. y otros c/ B., L., D. s/ Aumento de cuota alimentaria” (expte. n° 45.372/2015 – J. n° 38)